jueves, 11 de noviembre de 2010

CUIDADO CON LA COMPRA DE PISOS



El fin de año se acerca y, unos están deseando comprar, porque ven que no podrán deducirse la nueva vivienda y, otros están deseando vender, porque no pueden hacer frente a los pagos del préstamo o están deseando rebajar su “bolsa inmobiliaria”.



La gran mayoría de estas ofertas están por debajo de los llamados “valores de mercado”, por lo que hay que llevar cuidado al liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la Comunidad Autónoma u oficina liquidadora.

Si el valor de la escritura está por debajo del valor que tiene establecido la comunidad y no tenemos en cuenta éste último para pagar el impuesto, nos llegará una liquidación complementaria para pagar la diferencia de la valoración. Así pues, para evitar este problema, cuando el valor de la Comunidad sea superior al de escritura, se debe liquidar el Impuesto de  Transmisiones por el valor que ellos estipulen.

Este criterio ha sido ratificado en la consulta vinculante de la Dirección General de Tributos de 3 de mayo de 2010 (V0881-10) sobre una adquisición de piso a entidad financiera en condiciones ventajosas.

Consejo:

Cada Comunidad Autónoma en su Web suele tener los criterios de valoración de los inmuebles a efectos de transmisiones, por lo que es conveniente consultarlo para evitar problemas o hacer uso de las "oficinas del contribuyente" de que disponen para que ellos mismos nos lo liquiden y evitar disgustos posteriores. Portal Tributario de la Comunidad de Murcia

En caso de que delegamos en una gestora la tramitación de la escritura (impuestos y registro), debemos advertirles de nuestro deseo de acogernos a los valores de la Comunidad para liquidar los impuestos, en caso de que éste sea mayor, en lugar del valor de compra escriturado. Si no le decimos nada, lo más probable es que la liquide por el valor de escritura y luego tengamos que pagar la diferencia más los intereses de demora correspondientes.

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