miércoles, 27 de octubre de 2010

SABÍAS QUE ...

Este año las entidades de crédito están obligadas a comunicar a Hacienda todos los movimientos de efectivo superiores a 3.000 euros. Es decir, tanto las entregas como las disposiciones de fondos y cobro o pago de cualquier documento, que se realice en efectivo (moneda metálica o billetes, en cualquier moneda) cuando su importe sea mayor de 3.000 euros.

Además, también se comunicarán a Hacienda todos los cobros efectuados mediante tarjetas de crédito o débito realizadas por los comercios, empresarios y profesionales adheridos a este sistema cuando el importe anual supere los 3.000 euros.

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